Auto Supremo AS/0124/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0124/2019-RRC

Fecha: 07-Mar-2019

Además, la Resolución de procedimiento abreviado, deberá contar con una fundamentación jurídica, momento en el


También deberá contar con una fundamentación probatoria, pues si bien el desarrollo de la audiencia es oral, pública y continua, pero no contradictoria, la sentencia no sólo puede fundarse en el reconocimiento de la culpabilidad del imputado, sino en la acreditación de la existencia del hecho y la participación del imputado, a través de los elementos probatorios; en ese sentido, se tiene el entendimiento contenido en la Sentencia Constitucional 1659/04-R de 11 de octubre que precisó: “Con relación a la aplicación de esta salida alternativa, es necesario señalar, que la solicitud de procedimiento abreviado, contiene implícitamente una acusación formal, en la que se solicita la pena requerida; por ello, es necesario presentar junto a la misma, todos los elementos probatorios, expresando lo que se pretende demostrar con cada uno de éstos; por lo que no es suficiente contar con el acuerdo del imputado y su defensor (…)”, por ello incluso en los Instructivos 005/01 y 410/08 de 16 de junio, emitidos por la Fiscalía General de la República, se advierte que en ésta salida alternativa, los fiscales deberán cumplir con los requisitos previstos para la acusación y presentar las pruebas respectivas, debiendo ser acompañadas a la acusación.

Además, la Resolución de procedimiento abreviado, deberá contar con una fundamentación jurídica, momento en el cual a partir de la identificación de los aspectos fácticos atribuidos en el requerimiento conclusivo de acusación -aún si la consideración del mecanismo procesal se da en la sustanciación del acto de juicio-, corresponderá a la autoridad judicial subsumirlos en tal o cual norma sustantiva, no siendo suficiente la mera enunciación del tipo o tipos penales atribuidos al imputado, sino a partir de la cita de los preceptos legales a ser aplicados y en su caso de una somera indicación de los aspectos necesarios relativos a la teoría del delito que resulten aplicables; el Juez o Tribunal deberá establecer por qué estima que se está ante una acción típica, lo que importa la concurrencia de los elementos descriptivos y normativos del tipo penal en cuestión, además de antijurídica, culpable y finalmente sujeta a una sanción; en este ámbito de fundamentación, también deberá proceder a la motivación en el momento de la individualización de la pena, precisando las razones que justifican su aplicación al caso concreto, siempre en observancia del principio de legalidad, de tal forma que la pena requerida y a ser impuesta, considere los mínimos y máximos de pena prevista por la norma sustantiva, considerando que si bien la condena impuesta no puede superar la pena requerida por el fiscal, no existe óbice alguno para que el Juez imponga una sanción menor a la requerida”