Contra la mencionada Sentencia, el imputado Cesar Luis Helguero Arandia, interpuso recurso de apelación restringida,
Contra la mencionada Sentencia, el imputado Cesar Luis Helguero Arandia, interpuso recurso de apelación restringida, que fue resuelto por Auto de Vista 16/2018 de 24 de mayo, dictado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que declaró inadmisible el recurso planteado y confirmó la Sentencia apelada. Asimismo, tomando en cuenta el motivo admitido en casación a efectos de resolver la problemática planteada corresponde verificar los antecedentes del siguiente motivo interpuesto en apelación restringida:
El recurrente señala, que habría sido ilegalmente aprehendido el 27 de marzo de 2015, por unos supuestos mensajes extorsivos realizados a Rosend Katerine Vargas Mengoa, trasladándolo a dependencias de la FELCC y posteriormente expuesto a diferentes medios de prensa, siendo mal asesorado por su anterior abogado defensor, donde le habrían intimidado para que consiga el monto de cuatro mil dólares americanos para lograr un acuerdo transaccional, haciéndole firmar una serie de documentos en blancos y expresándole su abogado defensor de ese momento que en el juzgado responda a todo lo que le vayan a preguntar y se cerraría el caso. Asimismo expresa que revisando lo que habría firmado se trataría de un procedimiento abreviado y que lo sometieron a un periodo de suspensión condicional de la pena por un lapso de dos años, aludiendo que no ejercieron actos de defensa a favor del mismo, sosteniendo la vulneración del art. 373 del CPP, ya que no se habría contado con ninguno de los requisitos para su procedencia, como contar con la aceptación del imputado ni que se haya fundado en la admisión del hecho y la participación, señalando las Sentencias Constitucionales 1659/2004 de 11 de octubre y 463/2005 de 9 de septiembre, que refieren “la solicitud de procedimiento abreviado contiene implícitamente una acusación fiscal, por ello se debe presentar junto a la misma los elementos probatorios, por lo que no es suficiente contar con el acuerdo del imputado y su defensor fundado en la participación del hecho, debido a que esta dicho procedimiento sustentado en el principio de legalidad y verdad real, no pudiendo ser reemplazada por la verdad consensuada entre las partes, debiendo generar en el juez la plena convicción sobre la participación en el hecho, pudiéndose rechazar si no existieran suficientes elementos de pruebas e inclusive absolver al sindicado ante ausencia de pruebas o porque no tuviese responsabilidad en el hecho”, en el presente caso conforme relata el recurrente, no se habría cumplido los requisitos de legalidad que exige el procedimiento abreviado, por cuanto los únicos elementos probatorios fueron unos supuestos extractos de mensajes, sin que tuvieran la certeza de que provinieran del celular del imputado, además de contar con la sola declaración de la víctima y el acuerdo transaccional, por cuanto alude la vulneración del debido proceso, lealtad procesal, derecho a la información, presunción de inocencia y a ser debidamente asesorado por un profesional capacitado, citando también el art. 4 de la ley de la abogacía, en sentido de que no habría sido asesorado con idoneidad, fidelidad ni lealtad. Finalmente transcribe el art. 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, art. 19 del Pacto Universal de los Derechos Civiles y Políticos, art. 21 núm. 6, 16 I y II de la Constitución Política del Estado (CPE).
II.3. Del Auto de Vista impugnado
- I.1. Antecedentes
- Por Sentencia de 27 de marzo de 2015 (fs
- Contra la mencionada Sentencia, Contra la mencionada Sentencia, el imputado Cesar Luis Helguero Arandia (fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- El recurrente luego de precisar como antecedentes en su memorial de casación, el motivo de
- I.1.2. Petitorio
- El recurrente solicita declarar fundado su recurso de casación y se determine los lineamientos y
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 707/2018-RA de 17 de agosto, de fs
- II.1. De la Sentencia
- Contra la mencionada Sentencia, el imputado Cesar Luis Helguero Arandia, interpuso recurso de apelación restringida,
- La apelación restringida expuesta precedentemente, fue resuelta por el Auto de Vista impugnado, emitido por
- Es así, que se concibió la necesidad de incorporar determinados institutos procesales, producto del sinceramiento
- En Bolivia, el procedimiento abreviado fue incorporado al sistema procesal penal con el vigente Código
- En estas condiciones, el procedimiento abreviado es una opción legal: “…que tiene el MP para
- Para que sea efectiva la aplicación del procedimiento abreviado o alegación pre acordada, deben concurrir
- Respecto al trámite, el art
- No puede dejarse de mencionar que de conformidad al art
- Además, la Resolución de procedimiento abreviado, deberá contar con una fundamentación jurídica, momento en el
- Ahora bien, con relación a la impugnabilidad de la sentencia, en principio resulta ilustrativo
- Sólo la eventualidad de una sentencia absolutoria o de una condena que disminuya grandemente el
- Acaso sean los excluidos del acuerdo, -querellante, víctima y actor civil- quienes se presenten como
- Similar criterio es asumido en el trabajo titulado “Guía de Solución de Problemas Prácticos en
- Por su parte, este Tribunal por Auto Supremo 397 de 23 de julio de 2004
- Debe añadirse que el Código Procesal Penal Modelo para Iberoamérica, del cual el Tribunal Constitucional
- Sobre el particular, es útil considerar el criterio desarrollado por la Sala Penal Transitoria de
- En el presente caso el imputado ingresó al juicio oral con una conducta procesal de
- Sorprende su acogimiento a la conclusión anticipada del debate oral y, más aún, que su
- Que, siendo así, es evidente que el imputado careció de una defensa efectiva, pues la
- A mayor abundamiento, se tiene que incluso la opinión de autores que desarrollan la figura
- III.2.Análisis del caso concreto
- Sobre el particular, analizados los argumentos vertidos por el Tribunal de alzada, se debe tener
- El citado recurso de apelación restringida mereció la emisión del Auto de Vista recurrido, por
- Como se puede advertir, la decisión asumida por el Tribunal de apelación, de declarar inadmisible
- FDO
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque
