En relación al primer punto, el Auto de Vista en su primer considerando, expuso de
Conforme los criterios legales y jurisprudenciales expuesto, a partir del examen del recurso de apelación y el contenido del Auto de Vista recurrido, en relación a los puntos impugnados por el recurrente, se tiene que el Tribunal de Alzada inicialmente identificó correctamente los dos aspectos reclamados por la AT en su memorial de recurso de apelación de fs. 182 a 189, siendo estos: 1) La falta de motivación, fundamentación y congruencia de la sentencia en relación a ciertos aspectos específicos de la Vista de Cargo sobre el IVA, IT e IUE; y 2) La errónea aplicación de fallos judiciales emergentes de otras causas y que no fueron alegados por las partes en el proceso.
En relación al primer punto, el Auto de Vista en su primer considerando, expuso de forma detallada las denuncias de la AT sobre la sentencia, referidas principalmente a la ausencia de motivación y carencia de fundamentos de hecho y de derecho que respalden las observaciones realizadas a la Vista de Cargo en todos los impuestos (IVA, IT e IUE), mismas que se habrían realizado sin efectuar ningún análisis de los fundamentos expuestos en su contestación, situación que vulneraría el debido proceso
En relación al primer punto, el Auto de Vista en su primer considerando, expuso de forma detallada las denuncias de la AT sobre la sentencia, referidas principalmente a la ausencia de motivación y carencia de fundamentos de hecho y de derecho que respalden las observaciones realizadas a la Vista de Cargo en todos los impuestos (IVA, IT e IUE), mismas que se habrían realizado sin efectuar ningún análisis de los fundamentos expuestos en su contestación, situación que vulneraría el debido proceso
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- Sentencia Nº 04/2017 de 31 de enero de 2017
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- 2
- En este sentido, refiere que la errada interpretación que se realiza de estos fallos limitaría
- 3
- Solicita se ANULE OBRADOS hasta el Auto de Vista A
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- En relación al primer punto, el Auto de Vista en su primer considerando, expuso de
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- Se recomienda al Tribunal de Alzada mayor atención en cuanto a la consideración de las
- En cumplimiento a lo previsto en el art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
