Por memorial presentado el 22 de junio de 2018, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 188/2019-RRC
Sucre, 29 de marzo de 2019
Expediente: Santa Cruz 108/2018
Parte Acusadora : Ministerio Público y otros
Parte Imputada : Miguel Ángel Noguera Flores
Delito : Abuso Sexual
Magistrado Relator: Dr. Olvis Eguez Oliva
RESULTANDO
Por memorial presentado el 22 de junio de 2018, cursante de fs. 596 a 599 vta., Miguel Ángel Noguera Flores interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 1 de 5 de enero de 2018, de fs. 582 a 586, pronunciado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, Sandra Sanabria Zambrana, Víctor Almendras Cuba, Idania Santos Aucachi y la Defensoría de la Niñez y Adolescencia contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Abuso Sexual con Agravante, previsto y sancionado por el art. 312 con relación al art. 310 incs. b) y g) del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 188/2019-RRC
Sucre, 29 de marzo de 2019
Expediente: Santa Cruz 108/2018
Parte Acusadora : Ministerio Público y otros
Parte Imputada : Miguel Ángel Noguera Flores
Delito : Abuso Sexual
Magistrado Relator: Dr. Olvis Eguez Oliva
RESULTANDO
Por memorial presentado el 22 de junio de 2018, cursante de fs. 596 a 599 vta., Miguel Ángel Noguera Flores interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 1 de 5 de enero de 2018, de fs. 582 a 586, pronunciado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, Sandra Sanabria Zambrana, Víctor Almendras Cuba, Idania Santos Aucachi y la Defensoría de la Niñez y Adolescencia contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Abuso Sexual con Agravante, previsto y sancionado por el art. 312 con relación al art. 310 incs. b) y g) del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 22 de junio de 2018, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de casación y del Auto Supremo 720/2018-RA de 17 de agosto, se extrae
- I.1.2. Petitorio
- I.1.3. Admisión del recurso
- Por Auto Supremo 720/2018-RA de 17 de agosto, de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
- En el caso presente, el recurrente denuncia que el Tribunal de alzada incurrió en incongruencia
- Una de las finalidades del Estado boliviano, de conformidad a lo estipulado por el art
- En ese contexto constitucional, abordando esta vez, el núcleo esencial de la incongruencia y más
- Siendo así, que la incongruencia omisiva o fallo corto constituye un defecto absoluto, referido en
- La incongruencia omisiva quebranta el principio tantum devolutum quantum apellatum, así lo ha establecido la
- Igualmente, refiere el versado Couture, que: ‘El juez de la apelación conviene repetir, no tiene
- Lo anterior significa que el Tribunal de alzada debe dar respuesta fundamentada a todos y
- Entonces, por regla general, en protección de los derechos a la tutela judicial efectiva y
- III.2. Análisis del caso concreto
- En cuanto a los pruebas de descargo, refirió que se presentaron testificales como la de
- Por otra parte, se constata de los antecedentes que el Tribunal de alzada en
- Por otra parte, se advierte que los cuestionamientos formulados por la parte imputada al informe
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- FDO
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque
