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    Auto Supremo AS/0193/2019
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0193/2019

    Fecha: 06-Mar-2019

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Partes: Fernando Guillermo Guilarte Uzqueda. c/ Cesar Vaca Severiche
    • CONSIDERANDO I
    • 2
    • 3
    • 4
    • CONSIDERANDO II
    • 1
    • Fondo
    • Denuncia errónea apreciación de la prueba del Tribunal de segunda instancia al no reconocer
    • Petitorio
    • Solicita se pronuncie casando el Auto de Vista deliberando en el fondo confirmando la
    • Respuesta al recurso de casación
    • Señala el demandante, que el recurso de casación no es más que una reiteración de
    • Solicita sea declarado inadmisible y en caso de entrar al fondo se declare improcedente el
    • CONSIDERANDO III
    • En mérito al principio de congruencia, toda resolución debe reunir la coherencia procesal necesaria, que
    • De lo expuesto se deduce que en segunda instancia, pueden darse casos de incongruencia “ultra
    • En el recurso de casación en la forma y en relación al principio de congruencia,
    • De donde se tiene que el Juez no puede simple y llanamente aplicar la nulidad,
    • III.2. De la nulidad procesal en segunda instancia
    • Sobre el tema el art
    • II
    • Tomando como parámetro lo referido, ante la existencia de una resolución de primera instancia incongruente
    • Lo expuesto tiene su sustento en la búsqueda del fin principal de la administración de
    • CONSIDERANDO IV
    • Sobre este particular, corresponde remitirnos a los argumentos esbozados en el fundamento de los puntos
    • Siendo evidente la nulidad a disponerse, no corresponde pronunciarse sobre los restantes puntos de agravio
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Siendo excusable el error no se impone multa
    • En cumplimiento a lo dispuesto por el art
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Dr. Juan Carlos Berrios Albizú.

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