Auto Supremo AS/0213/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0213/2019

Fecha: 07-Mar-2019

En ese contexto, sus reclamos no tienen fundamento alguno

En esa relación de lo acontecido, el demandante no podía ya sobre esos hechos establecer una incidencia de resolución o incumplimiento; porque la obligación ya estaba cumplida, por ello se entiende que el demandante requirió una indemnización por el incumplimiento del contratista, en tal caso resulta ilógico solicitar al Tribunal que se manifieste sobre el incumplimiento o la relación contractual que tuvo el recurrente con el demandante, cuando por todo lo acontecido se puede concluir que la obligación de ese contrato fue cumplida, y es por ello que la parte demandante directamente solicitó la indemnización y no la resolución.
En ese contexto, sus reclamos no tienen fundamento alguno