Auto Supremo AS/0213/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0213/2019

Fecha: 07-Mar-2019

Si bien el demandante no demandó específicamente el cumplimiento o resolución de contrato, no es

Si bien el demandante no demandó específicamente el cumplimiento o resolución de contrato, no es menos evidente que de los datos del proceso y con la conducta de la parte demandada se demostró el hecho generador del desmedro o pérdida económica, puesto que ante los reclamos de diferentes personas vinculas a los departamentos y al funcionamiento del ascensor, este tuvo que generar más gastos, porque tuvo que contratar el servicios de otro técnico para la puesta en marcha del ascensor que fue transferido por el demandado, por lo que la excepción de cumplimiento de contrato (non adimpleti contractus) no procede como medio de defensa de la parte demandada