Auto Supremo AS/0213/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0213/2019

Fecha: 07-Mar-2019

Respecto a la excepción de prescripción, estableció que el demandado no demostró su alegación efectuada

Respecto a la excepción de prescripción, estableció que el demandado no demostró su alegación efectuada en este punto. Así también, concluyó estableciendo que los documentos alegados de no valoración, no establecen que la suscripción de los mismos hubieran tenido como condición determinante la necesidad de contar con un ascensor y peor que fueran personas de la tercera edad, así también el pago y resolución del contrato de fs. 60 a 61, fue suscrito como emergencia de todos los gastos efectuados por el señor Sardán en mejoras del departamento, así como por el pago de multas establecidas en la cláusula sexta del contrato, que no demuestra que la resolución del contrato haya sido específicamente por la no instalación del ascensor en el edificio “Alexander”