Auto Supremo AS/0218/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0218/2019

Fecha: 07-Mar-2019

Corresponde señalar que en cuanto a la supuesta errónea valoración de la prueba reclamada por

Corresponde señalar que en cuanto a la supuesta errónea valoración de la prueba reclamada por la recurrente, conforme se tiene orientado en la doctrina legal punto III.2, se debe señalar que la prueba es apreciada por el juzgador de forma conjunta, bajo el principio de comunidad de la prueba, ponderando en su razonamiento las pruebas esenciales y definitivas por encima de otras a tenor de los arts. 1286 del Código Civil y 145 del Código Procesal Civil