Auto Supremo AS/0073/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0073/2019

Fecha: 24-Abr-2019

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7.- La sentencia tenga la calidad de cosa juzgada conforme al ordenamiento jurídico del país de origen. La Sentencia de Divorcio Nº 65/05 de fecha 13 de abril de 2005, que aprueba el Convenio Regulador de fecha 10 de abril de 2003, pronunciada por el Juzgado de Primera Instancia Nº 3 y Mercantil de Albacete, Comunidad de Castilla La Mancha, Reino de España, Procedimiento de Separación de Mutuo Acuerdo Nº 478/03, entre Milena Arteaga Flores y Rodolfo Thom Bolling, cursantes en obrados de fs. 2 a 10, cumple con el requisito de haber adquirido fuerza de cosa juzgada