Auto Supremo AS/0073/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0073/2019

Fecha: 24-Abr-2019

CONSIDERANDO I: Que, por memorial de fojas 20, Rodolfo Thom Bolling, se apersonó manifestando que


CONSIDERANDO I: Que, por memorial de fojas 20, Rodolfo Thom Bolling, se apersonó manifestando que la documentación adjunta acredita que contrajo matrimonio civil con Milena Arteaga Flores, el 6 de enero de 1996, ante la Oficialía de Registro Civil de la ciudad de Cochabamba, extremo respaldado por el certificado de matrimonio expedido por la Corte Nacional Electoral. Señala que posteriormente trasladaron el domicilio conyugal a la ciudad de Albacete, Comunidad de Castilla-La Mancha, España; en cuya relación matrimonial nacieron Josué Rodolfo Thom Arteaga y Génesis Thom Arteaga, como su proyecto de vida en común no prosperó resolvieron disolver el matrimonio obteniendo la Sentencia Nº 65/05 de 13 de abril de 2005, dictada por los tribunales judiciales de la ciudad de Albacete, Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, Reino de España. Por lo que solicita, se admita y promueva el procedimiento de Reconocimiento de Sentencia Constitutiva dictada en el extranjero, conforme a la documental que acompaña y de acuerdo a lo previsto por el art. 506.II del Código Procesal Civil, se dicte la Resolución de Reconocimiento que hará valer los efectos probatorios de la sentencia extranjera, disponiendo la cancelación de la partida en el Registro Civil. Asimismo, pide la citación de su ex cónyuge mediante edictos de prensa, en razón a que desconoce su domicilio