Auto Supremo AS/0200/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0200/2019

Fecha: 22-Abr-2019

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2.- También fundamenta que se incurrió en interpretación errónea del art. 48-I, II y III de la Constitución Política del Estado, porque éstas disposiciones legales, regulan cuestiones laborales y sociales y son aplicables al ámbito de su competencia, estando previsto en la Ley del Estatuto del Funcionario Público (LEFP), las disposiciones relativas a los trabajadores del sector público, que no son contrarias a los derechos de los trabajadores sujetos a dicho ámbito y en éstas no se encuentran previstas las aplicación de multas por incumplimiento al pago de beneficios sociales y otros derechos; por consiguiente, afirma que el SIN no pretende vulnerar derechos del actor; empero, considera que al haberse reconocido el pago de una multa en su favor, se interpretó erróneamente las disposiciones citadas de la Constitución, sobreponiendo los intereses del Estado sobre el interés personal del actor