Auto Supremo AS/0200/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0200/2019

Fecha: 22-Abr-2019

No se niega de manera alguna la validez de las normas citadas, pero en el

No se niega de manera alguna la validez de las normas citadas, pero en el contexto objeto de juzgamiento, al haberse abierto de manera extraordinaria la jurisdicción laboral, para tutelar un derecho consolidado, que no fue cancelado de manera oportuna, estas normas ciertamente regulan el reconocimiento del indicado derecho y que no pueden acumularse y su compensación económica, se encuentra prohibida; sin embargo, conforme se relacionó, se encuentra en discusión un derecho constitucionalmente reconocido, que es irrenunciable e imprescriptible y que en mérito al principio de igualdad, debe ser reconocido a todos los trabajadores, sean sujetos a la normativa de la Ley General del Trabajo o del Estatuto del Funcionario público, conforme se anotó líneas arriba, por eso se concluye que, de ninguna manera se ha incurrido en vulneración de las disposiciones legales citadas