Auto Supremo AS/0200/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0200/2019

Fecha: 22-Abr-2019

Argumentos del recurso de casación


II.- RECURSO DE CASACIÓN Y ADMISIÓN:
Contra el referido Auto de Vista, Veimar Mario Cazón Morales, en representación de la entidad demandada SIN, por escrito de fs. 239 a 248 vta., interpuso recurso de casación en el fondo, que luego de haber sido corrido en traslado al demandante y sin la contestación oportuna de éste, mediante Auto Nº 44 de 06 de marzo de 2018, de fs. 265, se concedió; por lo que luego, por Auto Supremo de 26 de marzo de 2018, de fs. 273 y vta., emitido por este Tribunal, se declaró admisible, pasándose a desglosar y resolver conforme a derecho:
Argumentos del recurso de casación:
1.- Alega que el Auto de Vista, aplicó e interpretó erróneamente el art. 9 del DS Nº 28699 de 1º de mayo de 2006, al ordenar que se pague la sanción de la multa del 30% prevista en esta norma, sin considerar que el SIN es una entidad pública y la indicada disposición legal se aplica al ámbito privado, pues el SIN se regula por la Ley Nº 1178 de Administración y Control Gubernamentales, Ley del Estatuto del Funcionario Público, Decretos Supremos (DDSS) Nos. 26115 de 16 de marzo de 2001, 233128-A y sus modificaciones y las Normas Básicas del Sistema de Administración de Personal y por ello considera que el fallo impugnado, es atentatorio a los recursos del Estado, al pretender imponer dicha sanción, sin considerar que de conformidad al art. 1º de ésta norma, solo rige respecto de las entidades y empresas sujetas a la Ley General del Trabajo y no así de los empleados de las entidades del sector público, conforme prevé el art. 7-III de la Ley Nº 2027 del Estatuto del Funcionario Público, que coincide con el art. 1 del Decreto Reglamentario (DR) Nº 224 de 23 de agosto de 1943, denunciando la violación de estas normas, conforme argumenta en base a doctrina y jurisprudencia que cita