Auto Supremo AS/0261/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0261/2019-RRC

Fecha: 25-Abr-2019

III


Ahora bien, por dichas falencias contenidas en la Sentencia 36/2014 de 15 de diciembre, es que se estableció una vulneración al debido proceso en sus elementos falta de fundamentación y motivación, además se estableció un incumplimiento al primer Auto Supremo 302/2016 RRC de 21 de abril, emitido dentro del caso de autos; por ello, el Tribunal de alzada en la emisión del Auto de Vista 20/2018 de 6 de abril, asumió una adecuada conclusión con base al análisis de la línea jurisprudencial determinada por este Tribunal Supremo de Justicia.

A mayor abundamiento, como se expresó precedentemente, si bien la conclusión realizada por el Tribunal de alzada no resultó ampulosa, conforme lo expuesto, la determinación arribada en alzada resulta de un análisis y un debido cumplimiento a los diferentes Autos Supremos que establecieron tanto la errónea valoración testifical como la ausente asignación de valor a las pruebas documentales por parte del Tribunal de origen, razón por la que el Tribunal de apelación no podía concluir de otra manera al evidenciar mediante el control de logicidad los extremos denunciados por el acusador particular, lo que conlleva a la necesidad de realizarse nuevo juicio.

En consecuencia, al no ser evidente la falta de fundamentación denunciado por el recurrente, y no existiendo contradicción alguna con el precedente invocado, se declara este motivo infundado.

III.2.2. Del agravio de la falta de fundamentación respecto a la errónea aplicación de la norma sustantiva del delito de Estafa