Por Sentencia 36/2014 de 15 de diciembre (fs
Por Sentencia 36/2014 de 15 de diciembre (fs. 373 a 377 vta.), el Juez Tercero de Sentencia en lo Penal de la Capital del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a Nicolás Carvajal Carvajal absuelto de la comisión del delito de Estafa, previsto y sancionado por el art. 335 del CP, sin la declaración de temeridad o malicia a los efectos de la responsabilidad correspondiente
- Por memorial presentado el 7 de junio de 2018, el imputado Nicolás Carvajal Carvajal, de
- I.1. Antecedentes
- Por Sentencia 36/2014 de 15 de diciembre (fs
- Contra la mencionada Sentencia, el acusador particular Vladimir Hugo Pareja Aliaga (fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- I.1.2. Petitorio
- El recurrente solicita la admisión del recurso de casación y se deje sin efecto el
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 778/2018-RA de 27 de agosto, este Tribunal admitió el recurso de casación
- II.1. De la Sentencia
- Por Sentencia 36/2014 de 15 de diciembre, el Juez Tercero de Sentencia del Tribunal Departamental de
- En cuanto se refiere al análisis de la prueba, el referido Juez, concluyó: “1
- 2
- Seguidamente, respecto a la subsunción de la conducta del imputado, establece que para que exista
- En conclusión, las pruebas de cargo producidas en el juicio resultaron insuficientes para sostener que
- Con referencia a la tipicidad de delito y las pruebas producidas en el juicio, establece
- II.2. Del recurso de apelación restringida
- El acusador particular Vladimir Hugo Pareja Aliaga formuló recurso de apelación restringida, acusando los siguientes
- Con referencia al segundo motivo, denunció la vulneración del art
- Asimismo, argumentó que el Juez además de no fundamentar sobre la prueba, no le otorgó
- II
- Este Tribunal, a tiempo de resolver el recurso de casación de la parte querellante contra
- En el caso presente, revisados los antecedentes, se evidencia que el Juez Tercero de Sentencia
- Es así, que en mérito a la determinación judicial, la parte acusadora interpuso recurso de apelación
- Con los antecedentes referidos, el Tribunal de alzada se manifestó señalando que la Sentencia Constitucional 1075/2003-R de
- Previo al análisis, es necesario establecer los elementos objetivos y subjetivos del tipo penal Estafa,
- La vía penal no puede ser utilizada para perseguir el cumplimiento de obligaciones, pues el
- Ahora bien, a esta altura del análisis, de la revisión exhaustiva del Auto de Vista
- En el caso de autos, se advierte de la revisión de los antecedentes, que el
- Decisión judicial que provocó la interposición del recurso de apelación restringida, por la parte acusadora, alegando
- En respuesta a las acusaciones por el apelante, el Tribunal de apelación, mediante el Auto de
- Ahora bien, precisados los antecedentes como se tienen, del análisis del Auto de Vista impugnado,
- Con relación a las pruebas documentales, de fs
- Con relación a ello, el Tribunal de apelación fundamentó que el Juez de Sentencia, al
- Ahora bien, con el objeto de verificar si es que el Tribunal de alzada efectuó
- El Tribunal de apelación, en relación a la prueba de fs
- Por último, con relación a la falta de valoración probatoria del cheque con el cual
- Por lo expuesto, resulta fundado el motivo de casación en el que el recurrente sostiene
- Efectuado el referido análisis y corroborada la falta de análisis integral de la Sentencia por
- Respecto a lo cual, a través del Auto de Vista recurrido, el Tribunal de apelación
- Igualmente, aseveró que otro aspecto que correctamente fundamentó el Juzgador de mérito al momento de
- Agregó que el Juez inferior, también de forma correcta llegó a la conclusión de que
- En relación a ello, habiéndose constatado que no existió en el Auto de Vista impugnado,
- Por todo lo expuesto y al evidenciarse conforme se anotara en el desarrollo del análisis,
- En la eventualidad de aplicación divergente de una misma norma en diversos casos o bien
- El ordenamiento jurídico boliviano en materia penal, establece claramente que los fallos del Tribunal Supremo
- II.5. Del Auto de Vista impugnado
- La apelación restringida expuesta precedentemente, fue resuelta por el Auto de Vista impugnado, emitido por
- Considerando V: Que, respecto a lo cual, en la Sentencia recurrida, el a quo no
- Que, respecto a la errónea valoración de la prueba, la jurisprudencia establecida en el A
- En el presente caso, el imputado Nicolás Carvajal Carvajal, denuncia que el Tribunal de alzada
- III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
- Conforme lo dispuesto por los arts
- Por otro lado, la doctrina legal a ser dictada por este Tribunal en el supuesto
- III.2.Análisis del caso concreto
- Es así, que el Auto Supremo 67/2013 de 11 de marzo, fue emitido dentro del
- “El art
- En ese entendido, el Tribunal de apelación al resolver un recurso de apelación restringida en
- En consecuencia para disponer la anulación de la sentencia, no basta con la constatación de
- III.2.1. Del agravio de la errónea fundamentación probatoria en la valoración de la prueba
- Por la importancia de la denuncia referida a la falta de fundamentación probatoria en la
- Sandro Iglesias Quintana habría manifestado que no vio la entrega de dinero alguno; sin embargo,
- Sobre Hugo Parejas Bonifas, el Juez no habría fundamentado ni analizado, menos le hubiera otorgado valor
- Prueba de fs
- Pruebas de fs
- Que, no le otorgó valor ninguno al cheque con el cual se hizo la entrega
- El Tribunal de alzada con relación al agravio denunciado y la relativo a la vulneración
- 4
- III
- De acuerdo a la revisión de la Sentencia, en el apartado destinado a la subsunción
- En apelación restringida, se alegó la inobservancia o errónea aplicación de la ley sustantiva establecida
- Sobre el particular, analizado los antecedentes cursantes en obrados como lo resuelto por el Tribunal
- En consecuencia, se evidencia que el Tribunal de apelación en estricta observancia del art
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
