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    Auto Supremo AS/0336/2019
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0336/2019

    Fecha: 03-Abr-2019

    1

    1. El fallo de segunda instancia vulneró los arts. 134 y 145.I de la Ley Nº 439 porque omitió fundamentar y especificar las pruebas que le llevaron a la convicción de que la lesión se materializó como consecuencia de la explotación de las necesidades apremiantes, ligereza o la ignorancia de la parte perjudicada, exigencia que lo sustituyó con una apreciación subjetiva
    • Expediente: CB-9-19-S
    • Distrito: Cochabamba
    • CONSIDERANDO I
    • CONSIDERANDO II
    • 2. El recurso de casación en el fondo
    • 1
    • 2
    • 3. Contestación al recurso de casación
    • CONSIDERANDO III
    • En el Auto Supremo Nº 212/2016 de 11 de marzo, sobre la nulidad procesal
    • De acuerdo a la jurisprudencia española el ¨litisconsorcio pasivo necesario tiende a evitar, por una
    • Pero además, únicamente ha de entrar en juego y producir sus efectos con respecto
    • III.4. La protección del adulto mayor
    • La Sentencia Constitucional Plurinacional Nº 1073/2014 de 10 de junio, respecto a la protección de
    • En la forma
    • De lo anotado y la doctrina legal aplicable al caso queda claramente establecido que la
    • En el fondo
    • Las autoridades de segunda instancia confirmaron dicha decisión, cuando correspondía reparar o enmendar dicha equivocación,
    • Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.

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