Añadió que el Auto de Vista declaró probada la demanda principal e improbada la demanda
Denunció que no se identificó si el juez realizó un correcto análisis del contenido de la demanda, respuestas y reconvención, pues debe identificarse con exactitud cuáles son los hechos demandados, el derecho solicitado y que además el Tribunal de alzada debió realizar una correcta valoración y fundamentación.
Añadió que el Auto de Vista declaró probada la demanda principal e improbada la demanda reconvencional de acción negatoria, pero no explica de manera clara, positiva y precisa qué sucede con el derecho propietario de la recurrente
Añadió que el Auto de Vista declaró probada la demanda principal e improbada la demanda reconvencional de acción negatoria, pero no explica de manera clara, positiva y precisa qué sucede con el derecho propietario de la recurrente
- Expediente: CH-70-18-S
- CONSIDERANDO I
- 3
- CONSIDERANDO II
- Acusó que la sentencia no realizó una debida fundamentación y subsunción de las pruebas aportadas
- Añadió que el Auto de Vista declaró probada la demanda principal e improbada la demanda
- Sostuvo que en sentencia se refirió al informe pericial de Roberto Julio Castro cuyos puntos
- Arguyó que, conforme el art
- En el fondo
- Acusó indebida aplicación del art
- Concluyó solicitando se anule el Auto de Vista, en caso de que se considere tratar
- De la contestación al recurso de casación
- Señaló que la recurrente debe tener presente que jamás interpuso una acción reconvencional por mejor
- Agregó que la norma transitoria prevista en el art
- Concluyó solicitando se declare improcedente el recurso de casación
- CONSIDERANDO III
- En relación a la posesión y sus elementos, entre otros, el Auto Supremo Nº 492/2015
- En esa lógica, la jurisprudencia aclaró que la posesión no significa necesariamente, que el inmueble
- CONSIDERANDO IV
- 1
- La recurrente acusa una determinación de alzada omisiva, al señalar que el Auto de
- 2
- Se debe explicar que no existe obligación del Tribunal de alzada de fiscalizar la tarea
- La Sentencia Nº 100/2018, confirmada por el Auto de Vista, declaró probada la demanda e
- 4
- 5
- Por lo explicado supra se verifica que los agravios de forma planteados no son convincentes
- En ese orden, la norma de transición no definió otro hecho o situación con la
- Por lo manifestado, corresponde emitir resolución en la forma prevista por el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Se regula el honorario del abogado de la parte demandante en la suma de Bs
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Dr. Marco Ernesto Jaimes Molina.
