Auto Supremo AS/0400/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0400/2019

Fecha: 18-Abr-2019

Se debe explicar que no existe obligación del Tribunal de alzada de fiscalizar la tarea

Se debe explicar que no existe obligación del Tribunal de alzada de fiscalizar la tarea del juez de origen de forma irrestricta, sino que, por el derecho de impugnación, existe una labor revisora de doble instancia en función a los agravios que el impugnante plantee en su recurso de apelación, conforme señala el art. 265.I del Código Procesal Civil, por ello resulta inapropiado que se aluda de agravio una situación de revisión íntegra de la sentencia, además cuando no se planteó esa infracción en la que aparentemente incurrió el juzgador en el recurso de apelación