Conforme a estas precisiones se tiene que el recurso de casación interpuesto por el tercero
Conforme a estas precisiones se tiene que el recurso de casación interpuesto por el tercero interesado, si bien impugna un auto de vista dictado dentro de un proceso ordinario, lo que obviamente daría curso a la procedencia del recurso de casación, como erradamente entendieron los jueces de alzada; sin embargo este Tribunal Supremo de Justicia, no puede pasar por alto o ignorar que previamente a la emisión de dicha resolución, inclusive antes de la presentación del recurso de apelación que originó la misma, que el juez de la causa por Auto de fecha 26 de junio de 2016, declaró ejecutoriada la sentencia de primer grado, lo que implica que las resoluciones dictadas de manera posterior a dicho fallo, se constituyen en resoluciones emitidas en etapa de ejecución de sentencia, pues al no haber sido dejado sin efecto, el citado auto de ejecutoria surte plenos efectos legales
- Distrito: Santa Cruz
- CONSIDERANDO I
- 3
- 4
- Del análisis de los fundamentos que sustentan la presente impugnación se advierten los siguientes reclamos
- b)Denuncia la falta de pronunciamiento respecto al incidente que habría interpuesto a fs
- c)Que el juez A quo habría incurrido en falta de interpretación del art
- d)Refiere que otro extremo que no fue advertido por el juez de la causa es
- Por las razones expuestas solicita se anule obrados hasta el vicio más antiguo es decir
- Conforme a la resolución a dictarse corresponde desarrollar los siguientes aspectos
- Sobre el tema en cuestión, preliminarmente corresponde señalar que, si bien el Principio de Impugnación
- Sobre el tema el art
- De la norma expuesta, conforme a la interpretación efectuada por este Tribunal Supremo de Justicia,
- III.2. De las resoluciones dictadas en ejecución de sentencia
- Sobre el particular conforme se ha expuesto en el punto precedente, el principio de impugnación
- Partiendo de lo precedentemente expuesto, debe tenerse en cuenta que la fase de ejecución de
- CONSIDERANDO IV
- En ese entendido es necesario las siguientes precisiones
- -Posteriormente a dicha resolución, en actuados procesales (fs
- -Como siguiente actuado suscitado en el presente proceso se observa la notificación con la sentencia
- -Seguidamente, por memorial que cursa a fs
- -Resolución de Alzada que al ser desfavorable al apelante, ameritó que esta sea impugnada en
- Conforme a estas precisiones se tiene que el recurso de casación interpuesto por el tercero
- Consiguientemente, y toda vez que el art
- Por las razones expuestas corresponde a este Tribunal Supremo de Justicia, emitir resolución en la
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
