Del análisis de los fundamentos que sustentan la presente impugnación se advierten los siguientes reclamos
CONSIDERANDO II:
CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del análisis de los fundamentos que sustentan la presente impugnación se advierten los siguientes reclamos:
a)Acusa la transgresión del art. 265.I del Código Procesal Civil por existir omisión de pronunciamiento sobre faltas insubsanables e inadmisibles cometidas por el juez A quo que habrían sido objeto de su recurso de apelación y de su apersonamiento al juzgado en su calidad de tercero, como el hecho de que su hermana que funge como actora en el presente proceso habría incurrido en fraude procesal toda vez que sabiendo que Miguel Arias Montaño además habría fallecido y que no era propietario del bien inmueble, habría dirigido la demanda contra ese sujeto; que no se habría colocado letrero en el bien inmueble haciendo conocer el proceso de usucapión: la falta de declaración de los vecinos colindantes con el terreno objeto de litis, y; que el juez A quo no habría adoptado las medidas necesarias para verificar con prueba material si verdaderamente Miguel Arias Montaño era dueño del inmueble
CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del análisis de los fundamentos que sustentan la presente impugnación se advierten los siguientes reclamos:
a)Acusa la transgresión del art. 265.I del Código Procesal Civil por existir omisión de pronunciamiento sobre faltas insubsanables e inadmisibles cometidas por el juez A quo que habrían sido objeto de su recurso de apelación y de su apersonamiento al juzgado en su calidad de tercero, como el hecho de que su hermana que funge como actora en el presente proceso habría incurrido en fraude procesal toda vez que sabiendo que Miguel Arias Montaño además habría fallecido y que no era propietario del bien inmueble, habría dirigido la demanda contra ese sujeto; que no se habría colocado letrero en el bien inmueble haciendo conocer el proceso de usucapión: la falta de declaración de los vecinos colindantes con el terreno objeto de litis, y; que el juez A quo no habría adoptado las medidas necesarias para verificar con prueba material si verdaderamente Miguel Arias Montaño era dueño del inmueble
- Distrito: Santa Cruz
- CONSIDERANDO I
- 3
- 4
- Del análisis de los fundamentos que sustentan la presente impugnación se advierten los siguientes reclamos
- b)Denuncia la falta de pronunciamiento respecto al incidente que habría interpuesto a fs
- c)Que el juez A quo habría incurrido en falta de interpretación del art
- d)Refiere que otro extremo que no fue advertido por el juez de la causa es
- Por las razones expuestas solicita se anule obrados hasta el vicio más antiguo es decir
- Conforme a la resolución a dictarse corresponde desarrollar los siguientes aspectos
- Sobre el tema en cuestión, preliminarmente corresponde señalar que, si bien el Principio de Impugnación
- Sobre el tema el art
- De la norma expuesta, conforme a la interpretación efectuada por este Tribunal Supremo de Justicia,
- III.2. De las resoluciones dictadas en ejecución de sentencia
- Sobre el particular conforme se ha expuesto en el punto precedente, el principio de impugnación
- Partiendo de lo precedentemente expuesto, debe tenerse en cuenta que la fase de ejecución de
- CONSIDERANDO IV
- En ese entendido es necesario las siguientes precisiones
- -Posteriormente a dicha resolución, en actuados procesales (fs
- -Como siguiente actuado suscitado en el presente proceso se observa la notificación con la sentencia
- -Seguidamente, por memorial que cursa a fs
- -Resolución de Alzada que al ser desfavorable al apelante, ameritó que esta sea impugnada en
- Conforme a estas precisiones se tiene que el recurso de casación interpuesto por el tercero
- Consiguientemente, y toda vez que el art
- Por las razones expuestas corresponde a este Tribunal Supremo de Justicia, emitir resolución en la
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
