CONSIDERANDO IV
CONSIDERANDO IV:
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
1. En relación a que mediante memorial de 23 de abril de 2018, los recurrentes solicitan al juez A quo remitir el expediente al Juez familiar para el cumplimiento del Auto de Vista Nº 459 de 22 de septiembre de 2016. Que la apelación merece la aprobación del Tribunal de alzada, no demostrando actuación con la debida objetividad, al igual que el Juez de primera instancia que no cumple con la aplicación preferente del derecho familiar respecto al ámbito civil
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
1. En relación a que mediante memorial de 23 de abril de 2018, los recurrentes solicitan al juez A quo remitir el expediente al Juez familiar para el cumplimiento del Auto de Vista Nº 459 de 22 de septiembre de 2016. Que la apelación merece la aprobación del Tribunal de alzada, no demostrando actuación con la debida objetividad, al igual que el Juez de primera instancia que no cumple con la aplicación preferente del derecho familiar respecto al ámbito civil
- Partes: Roxana Caro Guerrero. c/ Rosario Pizarro Arandia y otros
- CONSIDERANDO I
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- CONSIDERANDO III
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- La Jurisprudencia Constitucional desarrolló asimismo el principio de congruencia en la Sentencia Constitucional Nº 0486/2010-R
- En este entendido, a través del Auto Supremo Nº 304/2016 que citando al Auto Supremo
- III.2. De la extensión de la nulidad
- Asimismo, de acuerdo a lo expuesto se tiene el art
- CONSIDERANDO IV
- En ese entendido, el Tribunal Ad quem fue correcto en determinar respecto al Auto de
- Corresponde señalar que en los términos de la parte considerativa segunda de la sentencia de
- En este contexto, no resulta conforme a derecho que los recurrentes estuvieran poseyendo el inmueble
- 3
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Dr. Marco E. Jaimes Molina.
