Auto Supremo AS/0132/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0132/2019

Fecha: 15-May-2019

Ciertamente, manifiesta que el juez A quo, así como el tribunal de alzada, consideran que

Ciertamente, manifiesta que el juez A quo, así como el tribunal de alzada, consideran que no hay prueba eficiente, situación claramente señalada en la sentencia Nº 220/2015 de 27 de noviembre de 2015, en el tercer considerando, punto 2, tiempo de servicios “En cuanto al tiempo de servicios prestados por la actora a favor de la parte demandada, el mismo debe ser computado desde el 7 de junio de 2004 hasta el 29 de noviembre de 2013, tal como se tiene en las afirmaciones que no fueron objeto de controversia, toda vez que la parte demandada no objetó este aspecto en su memorial de respuesta cursante de fs. 119 a 126 de obrados”, afirmación que no tiene contraste y correlación a los hechos fácticos alegados y probados en la presente causa