Auto Supremo AS/0132/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0132/2019

Fecha: 15-May-2019

Por otra parte, acusa, la violación e interpretación errónea del artículo 169 del Código Procesal

Por otra parte, acusa, la violación e interpretación errónea del artículo 169 del Código Procesal del Trabajo, norma que dispone “Hacen fe probatoria las declaraciones de dos o más testigos que concuerden en personas, cosas, hechos, tiempos y lugares”, norma que no fue considerada a momento de valorar la prueba testifical ofrecida y producida por Tecnofarma S.A., cursante de fs. 543 a 549 y artículo 167 del Código Procesal del Trabajo, que dispone “La confesión en materia laboral es expresa y disible y el hecho admitido en ella, no requiere más pruebas”. Normas que no fueron valoradas conforme el entendimiento normativo que resulta de vital importancia en el presente caso, ya que corrobora que la demandante no fue retirada en fecha 29 de noviembre de 2013, por lo que nunca se dejó de pagar sueldos hasta la culminación de la relación laboral en fecha 13 de enero de 2014, declaración y confesión que otorgan una amplia comprobación de los hechos, sin embargo, al momento de pronunciar el Auto de Vista Nº 82/2017, no hacen consideración alguna a la causal de la ruptura laboral, misma que es ajena a Tecnofarma S.A., incurriendo sus autoridades en error injudicando, correspondiendo una adecuada interpretación de los artículos acusados de aplicación indebida, por lo que se debió declarar improbada la demanda, extremo que deberá ser considerada por parte del tribunal de casación