Auto Supremo AS/0132/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0132/2019

Fecha: 15-May-2019

Por otra parte, en lo que corresponde a la causal de conclusión de la relación

Al respecto, es preciso señalar que de lo visto en los antecedentes procesales, no existió violación a ningún principio constitucional, porque se consideraron las pruebas y plazo de presentación, sin embargo, no corresponde conceder lo solicitado por el recurrente ya que esas pruebas citadas, no desvirtúan lo demostrado en el transcurso del proceso referente al tiempo de trabajo, que se estableció desde el 7 de junio de 2004, hasta el 29 de noviembre de 2013. Esa fecha de ingreso se estableció en las diferentes pruebas documentales de fs. 240 a 265, presentadas por la entidad demandada.
Por otra parte, en lo que corresponde a la causal de conclusión de la relación laboral, TECNOFARMA S.A., manifiesta que incumplió con los artículos 49, 141 y 145 del Reglamento Interno de la empresa, sin embargo, dicho reglamento no se encuentra aprobado por el Ministerio del Trabajo, además que la causal de retiro invocada por el demandado, no se encuentra vigente a la fecha del conflicto laboral, considerando que esa causal del artículo 16 de la Ley General del Trabajo (inasistencia injustificada por más de seis días) fue derogada y, finalmente, la jerarquía normativa establece la aplicación de la ley antes que los reglamentos internos