Auto Supremo AS/0132/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0132/2019

Fecha: 15-May-2019

Con lo expuesto, se debe admitir que un despido justificado, no necesariamente consulta con el

Con lo expuesto, se debe admitir que un despido justificado, no necesariamente consulta con el art. 16 de la LGT y 9 de su DR., por cuanto el despido puede originarse en una necesidad empresarial con la finalidad de prevenir una afectación de entidad tal que ponga en riesgo el funcionamiento de la empresa y sus consecuencias inmediatas respecto a todos los dependientes