Auto Supremo AS/0259/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0259/2019

Fecha: 16-May-2019

Sin embargo, lo que corresponde analizar es si dicho depósito libera de las obligaciones sociales

Sin embargo, lo que corresponde analizar es si dicho depósito libera de las obligaciones sociales al empleador respecto del trabajador, pues a pesar de haber realizado un depósito supuestamente para el pago de los beneficios sociales del actor, ya que el comprobante de caja no contiene la información completa sobre el concepto por el cual se depositaba, se entiende que dicho depósito debería haber sido realizado como corresponde, en oficinas de la Jefatura del Trabajo como depósito de fondos en custodia, siguiendo los trámites de manera formal y no haberlo hecho sin mayor información y detalle a una cuenta fiscal del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, generando imposibilidad al trabajador para poder realizar el cobro de dichos montos, en el entendido que para eso, el propio Estado va creando instancias que faciliten el cumplimiento de ciertas obligaciones para los ciudadanos, del empleador en el caso que nos ocupa, las cuales imponen un carácter de obligatoriedad para considerar estas obligaciones como cumplidas, caso contrario, se generaría un caos administrativo si cada empleador realizaría sus trámites como guste o en lugares que elija por decisión propia