Auto Supremo AS/0262/2019-CC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0262/2019-CC

Fecha: 16-May-2019

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2.- No se consideró que la entidad demandada, ha pagado prácticamente la totalidad de las planillas 16 y 17, pues la empresa presentó certificados de avance de obra ”actual”, por ello es que se realizó una conciliación de saldos, a la que el contratista no se hizo presente y por ello considera que la sentencia es contradictoria, porque se ordenó el pago de la planilla 16, que ya se encuentra pagada y que este hecho no puede aceptarse en el sistema informático SAP II, pues en dicho sistema no puede registrarse otra planilla que no sea la de conciliación, luego de la resolución de contrato, ya que constituiría un acto ilegal