Tramitado el proceso contencioso seguido por Marcos Construcciones M y C, Empresa Unipersonal representada legalmente
Tramitado el proceso contencioso seguido por Marcos Construcciones M y C, Empresa Unipersonal representada legalmente por Juan Marcos Durán Gonzales, contra el Fondo Nacional de Inversiones Productiva y Social (Regional La Paz FPS), Sala Social, Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió la Sentencia, Resolución Nº 25/2017 SSA-I de 19 de mayo que cursa de fs. 647 a 654 vta., por la que declaró probada en parte la demanda, de fs. 47 a 51, aclarada de fs. 313 a 317 vta., disponiendo que la entidad demandada el Fondo Nacional de Inversiones Productiva y Social, Regional La Paz, cancele a favor de la empresa Marcos Construcciones M y C, Empresa Unipersonal, el importe de la Planilla de Avance Nº 16, al ser anterior al colapso del paso de quebrada de 238 m, objeto del contrato de obra, sin costas
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Tramitado el proceso contencioso seguido por Marcos Construcciones M y C, Empresa Unipersonal representada legalmente
- Por Auto Nº 261/17-SSA-I de 28 de junio de 2017, de fs
- II: ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- En la forma
- En el fondo
- En ese marco en el caso presente, se contrató la obra de la construcción de
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- Alega que no puede cumplirse la cláusula vigésima séptima alegada en la Sentencia, que se
- El recurrente no concretiza ninguna petición de fondo en relación al recurso de casación interpuesto,
- III: FUNDAMENTOS JURÍDICOS Y DOCTRINARIOS DEL FALLO
- En consideración de los argumentos expuestos por el recurrente, de acuerdo a la problemática planteada,
- En relación a las nulidades, debe considerarse para su declaratoria la trascendencia que reviste el
- Error de hecho y derecho en la valoración de la prueba
- En cuanto al error de hecho en la apreciación de las pruebas, cuando la resolución
- En este supuesto, cuando se acusa la falta de apreciación de las pruebas, no basta
- Ese error de hecho por lo tanto requiere, ser ostensible y manifiesto lo que en
- IV: ANALISIS DEL CASO EN CONCRETO
- En ese sentido revisados los antecedentes procesales, se tiene que la entidad pública demandada, ejerciendo
- En correspondencia y congruencia con la demanda y la subsanación respectiva, el Tribunal de instancia
- Esta forma de resolución del conflicto, resulta ser congruente con las pretensiones relacionadas en el
- Por otro lado, si bien el recurrente afirma que el actor al momento de subsanar
- En base a los fundamentos expuestos, se tiene que el reclamo en la forma deviene
- En el recurso de casación en el fondo, el recurrente acusa
- Esta información es importante para considerar la aplicabilidad de las cláusulas contractuales, pues conforme se
- De lo cual se concluye que la cláusula aplicable para el pago de la planilla
- En ese escenario, se tiene en antecedentes del proceso, que a fs
- De igual manera es importante considerar que conforme lo reconoce el propio demandante en fecha
- Bajo estos parámetros se concluye que al no ser evidentes las infracciones denunciadas en el
- Sin costas en aplicación del art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
