Auto Supremo AS/0330/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0330/2019-RRC

Fecha: 08-May-2019

La sentencia contiene el defecto previsto por el art


II.2.De la apelación restringida.

La parte recurrente presentó contra la Sentencia recurso de apelación restringida (fs. 866 a 889 vta.), manifestando:

La sentencia contiene el defecto previsto por el art. 370 inc. 6) del CPP, existiendo una errónea valoración de la prueba, toda vez que el Tribunal inferior en Juicio Oral, de forma arbitraria y sin ninguna justificación legal, desconociendo el Principio de Verdad Material, impidió entrar en contexto para el entendimiento de los hechos susceptibles de persecución penal, al indicar y ordenar que los testigos, presten sus declaraciones testificales y respondan el correspondiente interrogatorio, solamente en relación a las acciones del acusado Freddy Díaz Magne, evitando ingresar en consideraciones que tengan que ver con el resto de coacusados -declarados rebeldes-, esta determinación la asumió pese a estarse juzgando precisamente el delito de Asociación Delictuosa, que necesariamente involucra la participación de varias personas, desconociendo además, la necesidad de que existan varios involucrados en los delitos de Intermediación Financiera sin Autorización o Licencia y Estafa Agravada perpetrados en la Cooperativa, que al constituirse en una institución que mantiene una estructura organizativa diversa, necesitó más de una persona para que se perfeccionen la comisión de tales ilícitos, habiéndose direccionado el interrogatorio de las partes, para que éste se encuentre avocado únicamente al accionar del acusado Freddy Díaz Magne, no permitiendo que se ahonde en detalles que intentaban encaminar la participación de este acusado con relación a los otros coacusados y a las acciones y omisiones que Díaz Magne ejerció a efectos de adecuar su acción a los delitos de Estafa Agravada, Asociación Delictuosa e Intermediación Financiera sin Autorización o Licencia; además, que de las declaraciones de los testigos de cargo se demostró que éstos aseveran que el acusado Freddy Díaz Magne en su condición de funcionario, Asesor Legal Principal y en ejercicio de su mandato, les prometió devoluciones de dinero, promesas que fueron hechas en una asamblea extraordinaria convocada en la gestión 2013, y corroboradas a través de entrevistas personales que tenía con ellos