Auto Supremo AS/0337/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0337/2019-RA

Fecha: 08-May-2019

Sobre la prueba PD1, consistente en fotocopias del libro de ventas, reclamó que ella no


II. ACTUACIONES PROCESALES VINCULADAS AL RECURSO

II.2 Por memorial de fs. 377 a 379 vta., Fabiola Gutiérrez Cuba promovió apelación restringida, alegando:

Valoración defectuosa de la prueba en torno al informe signado PD2, no determinó un número de piezas (de batería) faltante, sino variaciones en las sumas arqueadas, por sumas incorrectas, empero, la Sentencia estableció un monto de dinero faltante (Bs. 74.877,70.-) por venta de baterías.

Sobre la prueba PD1, consistente en fotocopias del libro de ventas, reclamó que ella no había demostrado la comisión de los delitos acusados o la no entrega de la totalidad de las ventas realizadas