Auto Supremo AS/0347/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0347/2019-RRC

Fecha: 15-May-2019

De la observación de la minuta de transferencia de 4 de agosto de 2008, prueba


De la observación de la minuta de transferencia de 4 de agosto de 2008, prueba Nº 4 y de la Inspección Ocular, se evidenció que la minuta se encuentra realizada de manera irregular, que no responde a la costumbre y la experiencia, y que en la misma se transfieren tres bienes con relación a los porcentajes correspondientes a María Luisa Kent bajo el régimen de gananciales al haber estado casada con Edgar Néstor Montaño Pardo; sin embargo, por los hechos probados, se estableció que el bien inmueble departamento ubicado en el Edif. Artemis en la ciudad de La Paz y al pastelería eran de propiedad de María Luisa Kent como bienes propios, llegándose al razonamiento que una persona con pleno conocimiento, difícilmente podría transferir sus bienes propios como gananciales, por lo que se infiere que Ernesto Mario Montaño en desconocimiento de la calidad de los bienes procedió a llenar el papel firmado en blanco, abusar y fraguar la minuta de transferencia de 4 de agosto de 2008, evidenciando un reconocimiento unilateral de firma, que también fue realizado sobre la minuta aclaratoria de 24 de abril de 2009, cuando ambos documentos, debieron efectuarse en su reconocimiento por la vendedora y el comprador, lo cual refuerza el abuso del papel firmado en blanco y el fraude de su contenido; situaciones por lo que se genera convicción en el tercer elemento del delito de Abuso de Firma en Blanco, correspondiendo una sanción de 3 años y 4 meses de reclusión