En el caso del art
En el caso del art. 370 num. 8) del CPP, la recurrente en apelación, expuso que no era congruente que la Sentencia establezca que no se había probado “quienes contaban con las llaves del inmueble” (sic) así como tampoco “quienes vivían en el inmueble antes del hecho” (sic), empero, a pesar de ello se la halle responsable por el delito de Allanamiento. Este elemento, en la forma y bajo los argumentos que fue desarrollado en apelación restringida, ciertamente se centra en divergencias sobre la posesión del inmueble de manera aislada de la integralidad de la sentencia y rehuyendo a las posibilidades que el art. 298 del CP concibe. El Auto de Vista impugnado, comprendió que si bien un hecho no probado era justamente quien ostentaba la posesión, no era menos evidente que la Sentencia contenía fundamentos sobre la comisión del hecho, no necesariamente inherentes a la cuestión posesoria sino enmarcadas dentro del art. 298 del CP (fs. 529)
- Por memorial presentado el 5 de septiembre de 2018, cursante de fs
- Por Sentencia 05/2016 de 25 de abril (fs
- Contra la mencionada Sentencia, la imputada promovió recurso de apelación restringida (fs
- La recurrente solicitó que previa concesión del recurso, se case el Auto de Vista impugnado
- El Juzgado de Sentencia Primero del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, pronunció la
- La Sentencia enunció el hecho señalando que la querellante se encontraba en posesión de un
- Que, “…la sra
- Que, por informe del fiscal de materia se supo que éste “…en ningún momento dispuso
- Contradicción entre las partes dispositiva y considerativa de la sentencia (art
- De igual forma, alegó la existencia de defectuosa valoración de la prueba (art
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, pronunció el Auto
- “El tipo penal de allanamiento exige para su consumación inclusive cuatro circunstancias excluyentes una con
- El segundo párrafo del art
- III
- Ahora bien, un repaso a los argumentos expuestos en apelación sobre los nums
- En el caso del art
- Si bien es un principio general, en materia de procedimiento, por estar directamente relacionado con
- Por los fundamentos expuestos, se concluye que el Auto de Vista recurrido no incurrió en
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación de lo previsto por el
- FDO
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque
