III
III.2 La Sala Penal Segunda en el Auto de Vista 51/2018, consideró que, si bien se habían propuesto varios planteamientos, ellos convergían en dos problemáticas centrales, la primera, el valor de las pruebas producidas, y, una segunda la probanza sobre la posesión del inmueble; siendo que, en el primer caso, concluyó que un análisis directamente vinculado con valorar prueba sobrepasaba sus competencias, además de sostener que la Sentencia, al menos formalmente, contenía una descripción y análisis de la prueba que guardaba relación con los arts. 171 y ss del CPP, así como con la decisión final que tomó. En la segunda de las cuestiones, el Auto de Vista impugnado, consideró que el planteamiento de la apelante, en cuestionar la probanza de la posesión sobre el inmueble, había sido desarrollado de manera parcial, sin considerar que el art. 298 del CPP, posee varias posibilidades de comisión interdependientes, de ahí que la explicación sobre la conjunción ‘o’ se hizo presente
- Por memorial presentado el 5 de septiembre de 2018, cursante de fs
- Por Sentencia 05/2016 de 25 de abril (fs
- Contra la mencionada Sentencia, la imputada promovió recurso de apelación restringida (fs
- La recurrente solicitó que previa concesión del recurso, se case el Auto de Vista impugnado
- El Juzgado de Sentencia Primero del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, pronunció la
- La Sentencia enunció el hecho señalando que la querellante se encontraba en posesión de un
- Que, “…la sra
- Que, por informe del fiscal de materia se supo que éste “…en ningún momento dispuso
- Contradicción entre las partes dispositiva y considerativa de la sentencia (art
- De igual forma, alegó la existencia de defectuosa valoración de la prueba (art
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, pronunció el Auto
- “El tipo penal de allanamiento exige para su consumación inclusive cuatro circunstancias excluyentes una con
- El segundo párrafo del art
- III
- Ahora bien, un repaso a los argumentos expuestos en apelación sobre los nums
- En el caso del art
- Si bien es un principio general, en materia de procedimiento, por estar directamente relacionado con
- Por los fundamentos expuestos, se concluye que el Auto de Vista recurrido no incurrió en
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación de lo previsto por el
- FDO
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque
