Auto Supremo AS/0361/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0361/2019-RA

Fecha: 16-May-2019

Por otra parte, hace mención el recurrente que cuestionó que la Sentencia contradictoriamente había señalado


Por otra parte, hace mención el recurrente que cuestionó que la Sentencia contradictoriamente había señalado que se admitió las pruebas extraordinarias, lo que le resulta falso; no obstante, el Tribunal de alzada se limitó a señalar que en su apelación no había fundamentado que las pruebas guarden las características de extraordinarias, lo que le resulta falso, evidenciándose que no realizó una correcta valoración de los antecedentes; al respecto, si bien invocó el Auto Supremo 272/2009 de 4 de mayo, se limitó a citarlo, sin efectuar el trabajo de contraste; es decir, la explicación de contradicción en los términos exigidos por el segundo párrafo del art. 417 del CPP, pues para el efectivo cumplimiento de la carga procesal impuesta al recurrente, no basta con citar el Auto Supremo; sino, que correspondía al recurrente, explicar por qué considera que el Auto de Vista impugnado contradijo los entendimientos del precedente invocado, para que con esos insumos este Tribunal pueda verificar si existe o no contradicción, aspecto que no ocurrió en el presente punto del motivo; en consecuencia, se tiene que no cumplió con la norma precedentemente citada ni con los presupuestos de flexibilización, que fueron establecidos por este Tribunal y explicados en el acápite anterior del presente Auto; toda vez, que el recurrente se limitó a invocar el debido proceso, sin detallar con precisión en qué consistiría la restricción o disminución, menos explicó el resultado dañoso, situación por el que deviene en inadmisible