Auto Supremo AS/0361/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0361/2019-RA

Fecha: 16-May-2019

Por otra parte, refieren que acusaron el defecto previsto por el art


Por otra parte, refieren que acusaron el defecto previsto por el art. 370 inc. 5) del CPP, puesto que la Sentencia incurrió en insuficiente fundamentación, incumpliendo el Auto Supremo 65/2012 de 19 de febrero, al declararlos autores del delito de Despojo sin mencionar ni describir cómo hubieren despojado a los querellantes, reclamo en el que sus personas pusieron de ejemplo lo mencionado por el ocupante y anticresista Rafael Enrique Zuleta Miranda, acusando además, que no se fundamentó la imposición de la pena, que violentó el principio de motivación de la Sentencia en su vertiente del derecho del debido proceso conforme lo estableció el Auto Supremo 346/2013-RRC de 24 de diciembre; no obstante, el Auto de Vista impugnado con un fundamento completamente errado, señaló que el fondo del agravio era la ausencia de valoración del Sr. Zuleta, lo que estaba prohibido de revalorizar conforme establecía el Auto Supremo 566/2004, aspecto que les llama la atención; por cuanto, el tema de la valoración de la prueba se encuentra previsto por el núm. 6) del art. “350 del CPC”, lo que sus personas no denunciaron; sino, la falta de fundamentación de la Sentencia, que no mereció pronunciamiento por el Tribunal de alzada, generándoles indefensión, en cuyo mérito invocan el Auto Supremo 667/2017