Auto Supremo AS/0361/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0361/2019-RA

Fecha: 16-May-2019

Realizada esa precisión, de la revisión de antecedentes procesales, se tiene que notificada la recurrente


Ahora bien, respecto al plazo para la formulación del recurso de casación, como se señaló precedentemente, el art. 417 párrafo primero del CPP, establece que deberá interponerse dentro de los cinco días siguientes a la notificación del Auto de Vista impugnado, debiendo tenerse presente las disposiciones contenidas en el art. 130 de la referida norma con relación al art. 124 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ), en sentido de que, este plazo es perentorio e improrrogable y comienza a correr al día siguiente hábil de practicada la notificación con la Resolución recurrida, transcurriendo ininterrumpidamente hasta su vencimiento a las veinticuatro horas del último día hábil y solamente se suspenderá durante la vacación judicial, debiendo al efecto computarse sólo los días hábiles, conforme prevé el art. 123.I de la LOJ que señala: “Son días hábiles de la semana para las labores judiciales, de lunes a viernes”.

Realizada esa precisión, de la revisión de antecedentes procesales, se tiene que notificada la recurrente con el Auto de Vista impugnado solicitó la complementación y enmienda, que fue resuelta por Auto de 26 de septiembre de 2018 (fs. 536), que le fue notificado por diligencia de fs. 543, el 2 de octubre de 2018 y no como refiere en su memorial de casación que fue notificada el “día jueves 3 de enero de 2018”; que si bien cursa en antecedentes diligencia de 3 de enero de 2019 (fs. 574); no obstante, dicha diligencia consigna la notificación con otros actuados procesales y no con el Auto de complementación como sostiene la recurrente; en cuyo efecto, conforme consta en el cargo de recepción de fs. 558, presentó su recurso de casación el 10 de enero de 2019; es decir, que el recurso sujeto a examen de admisibilidad fue interpuesto a los 51 días hábiles de la notificación con la Auto de Complementación al Auto de Vista; puesto que, a ello se descontó conforme prevé la norma, el feriado de 2 de noviembre por día de todos los santos, las vacaciones judiciales del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz desde el 4 al 30 de diciembre de 2018 y el feriado del 1 de enero de 2019 por año nuevo