Auto Supremo AS/0391/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0391/2019-RRC

Fecha: 28-May-2019

En cuanto al segundo motivo traído en casación, denuncia i) Que la Sentencia se basó


En cuanto al segundo motivo traído en casación, denuncia i) Que la Sentencia se basó en hechos no acreditados y en defectuosa valoración de la prueba, debido a que no se demostró que el recurrente tuviera la intención de comercializar sustancias controladas, no existiendo prueba alguna que lo acredite. Sobre ello el Tribunal de alzada no hubiere respondido a este cuestionamiento, más simplemente se limitó a referir que el Juez actuó bien, sin establecer qué prueba en concreto acredita su predisposición de comercializar la Marihuana, sin mayor sustento probatorio; ii) Sobre la falta de valoración probatoria, añadió que si bien se mencionó a las pruebas, estas no fueron valoradas y el Tribunal de alzada se limitó a referir algunos artículos, sin pronunciarse sobre el alegato vertido, específicamente al indicar que la prueba 4 (acta de requisa) no fue valorado, no existiendo ninguna respuesta a este planteamiento, agravio admitido vía flexibilización; en ese sentido, y a los fines de ingresar al fondo de la problemática planteada corresponde desarrollar y analizar los siguientes aspectos:

En apelación restringida el recurrente denunció como segundo motivo la errónea valoración probatoria conforme el art. 370 inc. 6) en infracción del art. 173 del CPP, argumentando que en Sentencia el Juzgador sostuvo que el accionar del acusado estaría referido a la predisposición tanto del transporte como a la comercialización de la Marihuana, cuestionando la inexistencia de prueba que sustente dicho extremo, sin considerar que el mismo era un simple peón, que no tenía capacidad para comercializarlo