Al respecto, este Tribunal Supremo de Justicia, estableció amplia doctrina legal, como la contenida en
Al respecto, este Tribunal Supremo de Justicia, estableció amplia doctrina legal, como la contenida en el Auto Supremo 109/2012 de 10 de mayo, que precisó: “…las resoluciones judiciales, para ser válidas, deben encontrarse debidamente fundamentadas y motivadas, cumpliendo con los parámetros de especificidad, claridad, completitud, legitimidad y logicidad; respondiendo y emitiendo los criterios jurídicos sobre cada punto impugnado que se encuentre en el recurso de apelación restringida, lo contrario implica incurrir en el vicio conocido como incongruencia omisiva o fallo corto, que tiene como esencia la infracción por parte del Tribunal del deber de atendimiento y resolución de aquellas alegaciones que se hayan traído al proceso de manera oportuna, frustrando con ello el derecho de la parte a obtener una respuesta fundada en derecho sobre la cuestión formalmente planteada.” (Las negrillas son nuestras)
- Por memorial presentado el 23 de octubre de 2018, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 1054/2018 RA de 21 de
- I.1.2. Petitorio
- Los recurrentes solicitan deje sin efecto el Auto de Vista impugnado, disponiendo se emita nueva
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 1054/2018-RA de 21 de diciembre, este Tribunal admitió el recurso de casación
- II.1. De la Sentencia
- II.2. Del recurso de apelación restringida
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- El Tribunal de alzada conforme providencia de 8 de junio de 2018 observó la apelación
- Cuando el precepto legal se invoque como inobservado o erróneamente aplicado, constituya un defecto de
- III. VERIFICACIÓN DE LA EXISTENCIA DE VULNERACIÓN DE GARANTIAS CONSTITUCIONALES
- III.1. Marco legal y doctrinal
- Conforme dispone el art
- Al respecto, este Tribunal Supremo de Justicia, estableció amplia doctrina legal, como la contenida en
- Por otra parte, con la finalidad de establecer si toda denuncia por falta de pronunciamiento
- III.1.2.Principios de congruencia y su aplicación en el sistema procesal penal vigente
- Entendido como la concordancia o correspondencia que debe existir entre la petición formulada por las
- El principio de congruencia se configura en dos modalidades: a) La primera, conocida como congruencia interna, que obliga
- La fundamentación y motivación de resoluciones implica el deber jurídico de explicar y justificar de
- III.2. Análisis del caso concreto
- Los recurrentes denuncian que el Tribunal de alzada incurrió en incongruencia omisiva, en vulneración del
- Como segundo motivo de apelación restringida, denunciaron la vulneración del derecho a una resolución motivada
- En consecuencia, al ser evidente la denuncia de incongruencia omisiva al no haber dado respuesta
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
