No obstante la decisión asumida, se debe observar que la resolución anulatoria de Alzada, tiene
No obstante la decisión asumida, se debe observar que la resolución anulatoria de Alzada, tiene como base las omisiones en la concesión de los recursos, estas observaciones deben de realizarse mediante decisiones del Tribunal de apelación en el momento de la radicatoria del proceso, para que el A quo corrija dichas omisiones que no son de sustancia, considerando que el Auto de Vista tiene por objeto resolver los agravios postulados en el recurso de apelación conforme señala el art. 256 del Código Procesal Civil, de modo que las partes no se vean perjudicadas por la espera de la resolución, cumpliendo con el derecho a una justicia pronta oportuna y sin dilaciones
- VISTOS: El recurso de casación de fs
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- CONSIDERANDO II
- II.2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- Conforme se tiene de antecedentes el recurrente fue notificado con el Auto de Vista Nº
- II.3. De la legitimación procesal
- La parte recurrente señala que su recurso de casación es interpuesto en la forma y
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- En ese contexto, la doctrina legal aplicable emitida por máximo este Tribunal de Justicia, ha
- Contra una resolución que disponga una nulidad procesal, en cuyo caso no es viable interponer
- En casación, no es viable observar u objetar la Sentencia, entendimiento asumido bajo la lógica
- Veamos, el primer agravio de violación del art
- Por otro lado, el sexto agravio acusa infracción del art
- Por lo especificado, se puede establecer que todos los agravios fundados en el recurso de
- No obstante la decisión asumida, se debe observar que la resolución anulatoria de Alzada, tiene
- No se regula honorarios profesional de los abogados que contestaron el por ser funcionarios
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
