Contestación al recurso de casación
2. Que el fallecimiento de Roberto Miranda Ticona no constituye motivo, ni causal legítima para justificar el impago del demandante, ya que aun desconociendo el fallecimiento de aquel, se debió proceder al pago de la obligación mediante oferta de pago y/o requerir la mora para la entrega de la documentación, asimismo no se demostró el incumplimiento voluntario, por lo que se habría conculcado los arts. 510, 568.I y 636.I del Código Civil.
Contestación al recurso de casación
Contestación al recurso de casación
- Expediente: LP-8-19-S
- CONSIDERANDO I
- Del recurso de casación en la forma
- Del recurso de casación en el fondo
- 1
- Contestación al recurso de casación
- III.1. La interpretación del contrato
- La doctrina refiere que cuando el contrato es claro no existe la necesidad de acudir
- En la forma
- La solicitud aclaratoria a fs
- En el fondo
- Primero
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Se regula honorario profesional en la suma de Bs
- Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.
