Auto Supremo AS/0270/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0270/2019

Fecha: 26-Jun-2019

Que así expuestos los fundamentos del recurso de casación en la forma y en el

Que así expuestos los fundamentos del recurso de casación en la forma y en el fondo, de fs. 119 a 121 vta., resolviendo el mismo, es menester realizar las siguientes consideraciones legales, amparados en las normas vigentes:
a) Recurso de Casación en la forma. – En lo que respecta a la violación del artículo 197 del Código de Procedimiento Civil, que establece que todas las sentencias dictadas contra el Estado o entidades públicas en general, serán consultadas de oficio ante el superior en grado, sin perjuicio de la apelación que pudiera interponerse, cabe manifestar que la Sentencia Constitucional N°32/2003-R de 14 de enero señala: “El Estado, mediante Tribunales u organismos especializados, resolverá los conflictos entre patronos, trabajadores o empleados, así como los emergentes de la seguridad social. Que en virtud de tal disposición constitucional, son los jueces y tribunales en materia de trabajo, los que tienen a su cargo la resolución de los conflictos emergentes, como el presente caso, del pago de beneficios sociales, trámites que deben sujetarse a las normas del Código Procesal del Trabajo, en el que no está prevista la consulta de sentencias, tratándose de intereses del Estado, además que las Salas Sociales y de Seguridad Social, de acuerdo con la Ley de Organización Judicial, no tienen entre sus atribuciones las de conocer en grado de consulta las sentencias dictadas en primera instancia y que sean contrarias al Estado”