Auto Supremo AS/0271/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0271/2019

Fecha: 26-Jun-2019

Ahora bien, a objeto de resolver el recurso, debemos partir de lo reglado en el

Ahora bien, a objeto de resolver el recurso, debemos partir de lo reglado en el artículo 46 de la Ley General del Trabajo que establece la jornada máxima de 8 horas de trabajo diario y de 48 horas semanales, con excepción de aquellos empleados u obreros que ocupen puestos de dirección, vigilancia y confianza