Auto Supremo AS/0271/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0271/2019

Fecha: 26-Jun-2019

Los derechos del trabajador establecidos en el artículo 46

También el Juez A quo, refirió que en virtud del artículo 50 de la Ley General del Trabajo, tampoco se concede el derecho a las horas extraordinarias, sin indicar cuál es la prueba de que estas horas extras fueron empleadas a subsanar errores.
c) El auto de vista vulnera garantías y derechos constitucionales. –
Los derechos del trabajador establecidos en el artículo 46.I de la Ley General del Trabajo, se materializan en la retribución de su trabajo, en consecuencia, el no pago de horas extras al trabajador, es un trato indigno, se está incurriendo en contrariar al principio de igual salario por igual trabajo, que además se constituye en un acto discriminatorio a su persona por el hecho de ser mujer