Entonces, aceptar la premisa sostenida por el Tribunal de apelación al igual que el Juez
Entonces, aceptar la premisa sostenida por el Tribunal de apelación al igual que el Juez de primera instancia, que luego de la decisión inicial de reincorporación laboral niegan el pago de los sueldos y salarios devengados a partir del despido injustificado, sin la existencia de una causa legal que lo acredite, significaría, someter los derechos laborales a su rrenunciabilidad, aspecto que resulta totalmente equivocado, pues significaría desconocer todo el sistema normativo y principista protectivo que se tiene para todo trabajador en materia social, dejando en completa inoperancia el sistema protectivo desarrollado por el constituyente y el legislador boliviano, pero más aún, todo aquel sistema reglamentado desarrollado y emitido por el Órgano Ejecutivo, que en un objetivo proteccionista de los derechos de los trabajadores, establecieron el cúmulo de normativas anotadas inicialmente
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- Dicha resolución motivó el recurso de casación interpuesto por Felipe Zeballos Portillo de fs
- En calidad de jurisprudencia, citó el Auto Supremo N° 35/2017 de 20 de febrero, en
- Petitorio
- A través de decreto de 16 de abril de 2018 de fs
- Mediante Auto de 15 de mayo de 2018, de fs
- 1
- Por su parte, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, en su art
- En el mismo sentido, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en su art
- Asimismo, el art
- En ese mismo sentido se tiene regulado en el art
- 2
- Conforme las normas glosadas, se advierte que en caso que el trabajador sea despedido por
- En este contexto, el recurrente acusa la violación del art
- De revisión de actuados procesales, se advierte que el Auto de Vista ahora impugnado, otorgó
- Se advierte que el Tribunal de alzada no comprendió que, una de las características esenciales
- Entonces, aceptar la premisa sostenida por el Tribunal de apelación al igual que el Juez
- Debiendo consecuentemente, aplicarse a cabalidad la característica esencial de la irrenunciabilidad de los derechos sociales,
- Por lo referido se concluye, que la relación laboral entre el actor y el GAMS,
- Por lo relacionado, conforme los fundamentos expuestos, habiendo el Tribunal de alzada aplicado incorrectamente la
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
