Auto Supremo AS/0303/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0303/2019

Fecha: 28-Jun-2019

A lo manifestado debemos tener presente que el Código Procesal del Trabajo (CPT), mediante su

Coherente con lo manifestado, recordar que la Ley N° 719, dispuso que el Código Procesal Civil (Ley N° 439), está en vigencia plena a partir del 6 de febrero de 2016, en el caso de autos el recurso de casación de fs. 71 a 72 vta., fue presentado ante autoridad competente el 1 de febrero de 2018; es decir, en plena vigencia del Código Procesal Civil.
A lo manifestado debemos tener presente que el Código Procesal del Trabajo (CPT), mediante su art. 252, a dispuesto la supletoriedad excepcional de las normas adjetivas civiles y la Ley del Órgano Judicial, en los siguientes términos: “Los aspectos no previsto en la presente Ley se regirán excepcionalmente…”