Auto Supremo AS/0303/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0303/2019

Fecha: 28-Jun-2019

Asimismo, el art

Asimismo, el art. 17 de la LOJ, establece que el Tribunal de casación tiene la obligación de revisar las actuaciones procesales que llegan a su conocimiento, a fin de establecer si concurrieron irregularidades procesales en la tramitación de los procesos, para imponer en su caso, la sanción o determinar la nulidad que correspondiera, sea de oficio o a petición de parte como acontece en el presente caso y se encuentra prevista en el parágrafo II del citado artículo, procediendo la nulidad cuando el acto omitido lesione la garantía constitucional del debido proceso y derecho a la defensa, haciendo insubsanables las consecuencias materiales y jurídicas del mismo