En grado de apelación formulado por Roland Toledo Montero en su condición de propietario de
I.1.2.- AUTO DE VISTA
En grado de apelación formulado por Roland Toledo Montero en su condición de propietario de la Empresa Génesis Ogilvy de fs. 56 a 57 vta., además de la respuesta al mismo de fs. 59 y vta., la Sala en materia de Trabajo y Seguridad Social Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante Auto de Vista Nº 122 de 27 de septiembre de 2017 de fs. 66 a 68, confirmó la Sentencia de 17 de enero de 2017; y en consecuencia, se declaró probada la demanda presentada por José Fabián Simons Salvatierra contra el citado apelante
En grado de apelación formulado por Roland Toledo Montero en su condición de propietario de la Empresa Génesis Ogilvy de fs. 56 a 57 vta., además de la respuesta al mismo de fs. 59 y vta., la Sala en materia de Trabajo y Seguridad Social Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante Auto de Vista Nº 122 de 27 de septiembre de 2017 de fs. 66 a 68, confirmó la Sentencia de 17 de enero de 2017; y en consecuencia, se declaró probada la demanda presentada por José Fabián Simons Salvatierra contra el citado apelante
- I.1.1- SENTENCIA
- En grado de apelación formulado por Roland Toledo Montero en su condición de propietario de
- El citado fallo, motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- Es en ese sentido, que no se puede alegar la existencia de un derecho cuando
- Análisis real de los hechos; de acuerdo a las características descritas en el acápite anterior,
- Por lo expuesto y por lo señalado en los antecedentes como por la prueba aportada,
- De la revisión del cuaderno procesal, se advierte que la parte demandante no ha contestado
- CONSIDERANDO II
- El art
- A lo manifestado debemos tener presente que el Código Procesal del Trabajo (CPT), mediante su
- Establecido el marco jurídico procesal, con el cual este Tribunal resolverá la presente controversia, a
- Ahora bien, la interposición de un recurso de casación en el fondo, debe cumplir con
- Asimismo, el art
- Consiguientemente, y por lo expuesto, el recurso de casación en cuestión no se acomoda a
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda, de conformidad con
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
