Establecido el marco jurídico procesal, con el cual este Tribunal resolverá la presente controversia, a
Establecido el marco jurídico procesal, con el cual este Tribunal resolverá la presente controversia, a continuación, procedemos a fundamentar y motivar nuestra decisión en los siguientes términos:
El recurso de casación o nulidad previsto en el art. 210 del CPT, es un medio extraordinario de impugnación, que se asemeja a un juicio de puro derecho, mediante el cual se impugna la correcta aplicación, al caso concreto de normas sustantivas o la idónea interpretación y aplicación de los procedimientos previstos en las normas adjetivas, vía casación en el fondo o en la forma, según corresponda
Que ante la pertinencia en la redacción de un recurso de nulidad o casación, imperativamente se debe observar determinadas formalidades procesales, las cuales no tienen por objeto burocratizar este recurso, por el contrario las mismas lo que pretenden es hacer efectivo este medio extraordinario de impugnación, garantizando la efectividad de los principios de congruencia, especificidad, motivación y seguridad jurídica, la omisión de dichas formalidades implicará se declare la improcedencia del mismo
El recurso de casación o nulidad previsto en el art. 210 del CPT, es un medio extraordinario de impugnación, que se asemeja a un juicio de puro derecho, mediante el cual se impugna la correcta aplicación, al caso concreto de normas sustantivas o la idónea interpretación y aplicación de los procedimientos previstos en las normas adjetivas, vía casación en el fondo o en la forma, según corresponda
Que ante la pertinencia en la redacción de un recurso de nulidad o casación, imperativamente se debe observar determinadas formalidades procesales, las cuales no tienen por objeto burocratizar este recurso, por el contrario las mismas lo que pretenden es hacer efectivo este medio extraordinario de impugnación, garantizando la efectividad de los principios de congruencia, especificidad, motivación y seguridad jurídica, la omisión de dichas formalidades implicará se declare la improcedencia del mismo
- I.1.1- SENTENCIA
- En grado de apelación formulado por Roland Toledo Montero en su condición de propietario de
- El citado fallo, motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- Es en ese sentido, que no se puede alegar la existencia de un derecho cuando
- Análisis real de los hechos; de acuerdo a las características descritas en el acápite anterior,
- Por lo expuesto y por lo señalado en los antecedentes como por la prueba aportada,
- De la revisión del cuaderno procesal, se advierte que la parte demandante no ha contestado
- CONSIDERANDO II
- El art
- A lo manifestado debemos tener presente que el Código Procesal del Trabajo (CPT), mediante su
- Establecido el marco jurídico procesal, con el cual este Tribunal resolverá la presente controversia, a
- Ahora bien, la interposición de un recurso de casación en el fondo, debe cumplir con
- Asimismo, el art
- Consiguientemente, y por lo expuesto, el recurso de casación en cuestión no se acomoda a
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda, de conformidad con
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
