La Juez Segunda de Trabajo y Seguridad Social de La Paz, pronunció la Sentencia Nº
La Juez Segunda de Trabajo y Seguridad Social de La Paz, pronunció la Sentencia Nº 232/2015 de 8 de octubre, de fs. 73 a 77, declarando probada la demanda; disponiendo que el “Club Nocturno OPUS”, cancele a favor del actor la suma de Bs.44.300,51- (cuarenta y cuatro mil trescientos 51/100 bolivianos), por concepto de beneficios sociales y derechos laborales detallados en la Sentencia; incluida la multa establecida en el art. 9 del DS Nº 28699 de 1 de mayo de 2006, monto que deberá ser actualizado de acuerdo a Ley, en ejecución de sentencia
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- La Juez Segunda de Trabajo y Seguridad Social de La Paz, pronunció la Sentencia Nº
- En conocimiento de la Sentencia, el demandante solicitó aclaración, complementación y enmienda, a fs
- Auto de Vista
- El demandante notificado con esta determinación, solicitó aclaración, complementación y enmienda, a fs
- En conocimiento del señalado Auto de Vista, el “Club Nocturno OPUS” a través de Javier
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- Petitorio
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Empero, esta favorabilidad debe ser armonizada con la equidad procesal, de ningún modo supone una
- En el caso de autos, el “Club Nocturno OPUS” presentó prueba de descargo, entre la
- Conforme a lo expuesto, el valor superior «justicia» obliga a la autoridad jurisdiccional -en la
- En el caso de autos, debe procederse a la cancelación de los derechos sociales determinados;
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- Fecha de ingreso: 13 de abril de 2007
- Fecha de retiro: 4 de mayo de 2017
- Tiempo trabajado: 7 años y 21 días
- No se reconoció en la Sentencia, aguinaldos por las gestiones 2007 y 2008; derecho que
- Sin costas. Sin multa, por ser excusable
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
